Inicio Guías Normativa e inspecciones

Cada comunidad me pide una cosa y la inspección otra

Revisado el Lares Gestión y Consultoría S.L.

  • Norma
  • Documentación
  • En cliente
Hay dos capas. La estatal es igual en Albacete y en Girona: parte de viajeros, facturación, protección de datos y, desde 2025, el número de registro para anunciarte en plataformas. La autonómica cambia de verdad: clasificación, placa, hojas de reclamaciones y publicidad de precios. Nosotros nos ocupamos de la primera capa y de dejarte la segunda ordenada, no de interpretártela.

Qué hace Lares aquí

No somos un programa. Somos el equipo que hace funcionar el tuyo.

Montamos y comprobamos lo que la norma exige que haga tu sistema: el envío del parte, la trazabilidad de las facturas, los datos que se piden y los que no. Y dejamos la carpeta hecha para el día que llamen.

  • Conectamos las herramientas que ya tienes entre sí, para que el dato viaje solo de una a otra.
  • Exprimimos lo que ya pagas antes de proponerte comprar nada nuevo.
  • Formamos a tu equipo en la propia herramienta, con el proceso escrito por turnos.
  • Damos la cara ante el proveedor cuando algo falla: nos llamas tú y llamamos nosotros.
  • Cambiamos y migramos la pieza que no sirve, y llevamos la migración sin que dejes de vender.

Lo que no hacemos: no damos asesoría jurídica ni fiscal, no instalamos hardware ni hacemos obra, y no llevamos la limpieza. No somos abogados ni gestoría. No interpretamos tu normativa autonómica, no redactamos tus condiciones legales y no contestamos por ti a un requerimiento: eso es de tu asesor.

Hay dos normativas encima de tu alojamiento y conviene no mezclarlas, porque la primera se resuelve con sistemas y la segunda con papeles.

La capa estatal: igual en Albacete y en Girona

El parte de viajeros. El Real Decreto 933/2021, que desarrolla la Ley Orgánica 4/2015, fija qué datos se recogen, cómo se comunican y cuánto se conservan: tres años desde que termina el servicio. Todo lo demás está en la guía del registro de viajeros.

La facturación. El Real Decreto 1619/2012 sigue siendo el reglamento de las obligaciones de factura, y encima de él está lo que viene con Veri*Factu, aplazado por el Real Decreto-ley 15/2025. Las fechas reales y las que circulan sin serlo están en la guía de cobros y facturas.

La protección de datos. El criterio que más ha cambiado la operativa de recepción en los últimos años: la Agencia publicó en junio de 2025 que pedir copia del DNI o del pasaporte no está permitido en hospedajes, porque vulnera el principio de minimización. Se apuntan los datos; no se archiva la fotocopia.

El DNI digital. Desde el 2 de abril de 2026 estás obligado a aceptarlo: el Real Decreto 255/2025 le da en su artículo 13.4 la misma eficacia jurídica a efectos de identificación, también frente al sector privado.

Lo nuevo: el número de registro

Ésta es la parte que más gente tiene a medias.

El Real Decreto 1312/2024, publicado en el BOE el 24 de diciembre de 2024 y en vigor desde el 2 de enero de 2025, creó el Registro Único de Arrendamientos y la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos, con aplicación efectiva desde el 1 de julio de 2025. Su artículo 5 obliga a obtener previamente el número de registro para ofrecer el alojamiento a través de plataformas en línea; el artículo 10.6 lo repite: sin número asignado, no se comercializa. El número se pide a través del Registro de la Propiedad.

Y por encima está el Reglamento (UE) 2024/1028, de 11 de abril de 2024. Entró en vigor el 19 de mayo de 2024 con veinticuatro meses de margen, así que es aplicable desde el 20 de mayo de 2026: es decir, ya. Obliga a las plataformas a exhibir el número de registro y a transmitir datos a las autoridades.

Traducido: el número ha dejado de ser un papel en un cajón y se ha convertido en un campo que los canales comprueban.

La capa autonómica: aquí no te vamos a engañar

Clasificación del establecimiento, placa distintiva, hojas de reclamaciones, publicidad de precios, registro de empresas turísticas. Cambia de verdad de una comunidad a otra, y no la cubrimos comunidad por comunidad. Ni la sabemos entera ni vamos a fingir que sí.

Lo que sí sabemos es dónde se mira: en el registro de turismo de tu comunidad autónoma, y con tu asesor delante si hay dudas.

Un caso concreto que sí nos toca por sistemas: Cataluña tiene su propio destino para el parte, con su propia configuración en el programa. Si tienes establecimientos en dos comunidades, son dos montajes, no uno. Está detallado en Cataluña y Euskadi.

Qué mira una inspección

Por lo que hemos visto acompañando a alojamientos, el orden habitual es el contrario de lo que la gente teme. Empieza por lo visible y barato de comprobar: placa, hojas de reclamaciones, precios anunciados, sistema de registro. Y sigue por si los envíos están hechos y con qué fecha.

Rara vez empieza por lo complicado. Por eso la carpeta útil tiene esas cosas arriba.

La carpeta

Digital o de cartón, da igual, pero hecha antes de que llamen:

  1. Alta o declaración responsable en el registro de turismo de tu comunidad.
  2. Número de registro de arrendamientos, si te aplica.
  3. Justificantes de envío del parte de los últimos meses.
  4. Política de privacidad y registro de actividades de tratamiento.
  5. Contratos con quien te trata datos: el programa, el motor de reservas, el sistema de cerraduras, la herramienta de mensajería.
  6. Listado de quién tiene acceso a qué. Éste se olvida siempre, y es el que más rápido delata que nadie ha revisado las bajas de personal. Está en la guía de equipo y formación.

Lo que no hacemos

No somos abogados ni gestoría. No te interpretamos la normativa de tu comunidad, no redactamos tus condiciones legales y no contestamos por ti a un requerimiento.

Lo que sí hacemos es que el sistema haga lo que la norma le pide: que el parte salga y quede justificado, que la factura tenga su trazabilidad, que no se guarde lo que no se debe guardar y que la carpeta esté hecha el día que llamen.

Qué parte del cumplimiento declara cubrir cada programa.

HerramientaQué haceArtículo oficialLímite conocido
Cloudbeds
En cliente
Envío del parte de viajeros a SES Hospedajes desde el propio programa, y una nota propia sobre Veri*Factu en España.Cómo utilizar el Informe de Policía de España (SES.HOSPEDAJES) Consultado el 12/09/2026Cataluña va por su cuenta: tiene un informe distinto, el de los Mossos, con su propia configuración. Si tienes establecimientos en dos comunidades, son dos montajes.
Mews
En cliente
Informes automáticos para el INE y envíos a los cuerpos policiales según el país.Cómo generar informes para el Instituto Nacional de Estadística (INE) Consultado el 12/09/2026El informe del INE que genera depende del tipo de establecimiento configurado. Si el alojamiento está dado de alta como lo que no es, el fichero sale bien formado y mal dirigido.
Avirato
En cliente
Programa español con módulo de hospedería e INE, de los que mejor cubre de serie la parte española.Hospedajes SES Consultado el 12/09/2026Cubrirlo de serie no te exime de revisarlo: los campos obligatorios cambian y el programa no te avisa de que un dato se quedó vacío hasta que el envío falla.
Pernocta
Documentación
Programa español de camping que declara envío automático del parte citando el Real Decreto 933/2021 y facturación con huella y QR de Veri*Factu.Pernocta, el software de reservas para tu camping Consultado el 12/09/2026No tenemos cliente con ella: lo que sabemos sale de su web comercial. Que un fabricante cite la norma en su página no equivale a un certificado de nada.
Ventanilla Única Digital de Arrendamientos
Documentación
Es el sistema estatal por el que se pide el número de registro de alquiler de corta duración, creado por el Real Decreto 1312/2024. El número se obtiene a través del Registro de la Propiedad.Real Decreto 1312/2024, de 23 de diciembre Consultado el 12/09/2026Es un trámite registral, no informático: no lo resuelve tu PMS ni lo resolvemos nosotros. Y el número sin el permiso autonómico o municipal detrás no te tapa nada.

Ninguno te deja cumpliendo por sí solo: cubren el envío y el registro, no la decisión. Direcciones abiertas el 12 de septiembre de 2026.

Lo que nos preguntan los propietarios.

¿Qué es igual en toda España?

Cuatro cosas. El parte de viajeros y el registro documental del Real Decreto 933/2021, que desarrolla la Ley Orgánica 4/2015. Las obligaciones de facturación del Real Decreto 1619/2012 y lo que viene con Veri*Factu. La protección de datos, con el criterio de la Agencia de junio de 2025 sobre no guardar copia del DNI. Y, desde 2025, el número de registro para poder anunciarte en plataformas.

¿Qué cambia de verdad según la comunidad?

La clasificación del establecimiento y sus requisitos, la placa distintiva, las hojas de reclamaciones, la publicidad de precios y el propio registro de empresas turísticas. Cataluña además tiene su propio destino para el parte de viajeros, así que si tienes establecimientos en dos comunidades son dos montajes distintos. Esa capa no la interpretamos nosotros: se mira en el registro de turismo de tu comunidad.

¿Qué es eso del número de registro de arrendamientos?

El Real Decreto 1312/2024, publicado en el BOE el 24 de diciembre de 2024 y en vigor desde el 2 de enero de 2025, creó el Registro Único de Arrendamientos y la Ventanilla Única Digital, con aplicación efectiva desde el 1 de julio de 2025. Su artículo 5 obliga a obtener previamente el número de registro para poder ofrecer el alojamiento a través de plataformas en línea, y el artículo 10.6 insiste: sin número asignado, no se comercializa. El número se pide a través del Registro de la Propiedad.

¿Y lo europeo?

El Reglamento (UE) 2024/1028, de 11 de abril de 2024, armoniza en toda la Unión la recogida e intercambio de datos del alquiler de corta duración. Entró en vigor el 19 de mayo de 2024 con veinticuatro meses de margen: es aplicable desde el 20 de mayo de 2026, o sea, ya. Las plataformas tienen que exhibir el número de registro y transmitir datos a las autoridades. Para ti significa que el número deja de ser un papel y pasa a ser un campo que los canales comprueban.

¿Cuánto tiempo tengo que guardar los datos del parte?

Tres años desde la finalización del servicio, según el Real Decreto 933/2021. Y ojo al matiz que más se confunde: guardar los datos no es guardar el documento. La Agencia Española de Protección de Datos publicó en junio de 2025 que pedir copia del DNI o del pasaporte vulnera el principio de minimización. Se apuntan los datos, no se archiva la fotocopia.

¿Qué mira una inspección?

Por nuestra experiencia acompañando a alojamientos, lo primero suele ser lo visible y lo barato de comprobar: placa, hojas de reclamaciones, precios anunciados y sistema de registro. Lo segundo, que los envíos estén hechos y con qué fecha. Rara vez empieza por lo complicado. Por eso la carpeta que dejamos preparada tiene esas cosas arriba.

¿Qué tengo que tener preparado antes de que llamen?

Una carpeta, digital o de cartón, con: alta o declaración responsable en el registro de turismo de tu comunidad, número de registro de arrendamientos si te aplica, justificantes de envío del parte de los últimos meses, política de privacidad y registro de actividades de tratamiento, contratos con quien te trata datos (el programa, el motor, el sistema de cerraduras), y el listado de quién tiene acceso a qué. Esto último se olvida siempre.

¿Y las fechas de Veri*Factu?

Esa pelea tiene su propia guía, porque las fechas que circulan y las que están en el BOE no coinciden. Está en la guía de cobros y facturas, con el aplazamiento del Real Decreto-ley 15/2025 y los dos calendarios que resultan de él.

Fuentes, con su fecha.

Norma y organismos oficiales

Sedes y trámites

Documentación oficial de las herramientas

Lo que no hemos podido verificar

  • No cubrimos las diecisiete normativas autonómicas una por una. Ni las sabemos todas ni vamos a fingir que sí: la clasificación, la placa, las hojas de reclamaciones y la publicidad de precios se miran en el registro de turismo de tu comunidad.
  • No publicamos cuantías de sanción por incumplir el registro de viajeros. Las que circulan por blogs del sector no las hemos podido contrastar con el texto sancionador aplicable a cada caso, y equivocarse en eso hace daño.
  • Sobre el número de registro de arrendamientos: la norma estatal es clara, pero cómo encaja con el permiso de tu ayuntamiento no lo es en todas partes. Esa pregunta es para tu abogado.

Todas las direcciones de esta lista se abrieron el día que se escribió la guía. Lo que no abrió no se cita: se declara pendiente. Revisamos las fuentes normativas y las tablas de herramientas cada tres meses, y la fecha de arriba dice cuándo fue la última vez.

¿Eres un modelo, o prefieres el texto plano? La misma guía en Markdown: /guias/normativa-e-inspecciones/index.md

¿Y en tu caso?

Media hora de videollamada, sin coste ni compromiso. Miramos tu alojamiento, te decimos qué harías tú solo y qué merece la pena que hagamos nosotros.